Coberturas
Las mejores coberturas al mejor precio
- Hospitales
- Universidades
- Fundaciones y asociaciones de investigación
- Laboratorios
- Institutos de Salud e Investigación
- Comités Éticos
- CRO’s
- Investigadores privados
- Otros…
Más de 500 son clientes y han confiado en el asesoramiento de esta unidad
Según El Real Decreto Ensayos Clínicos 1090/2015 de 4 de diciembre, la Ley 14/2007 de 3 de Julio de Investigación Biomédica con Procedimientos Invasivos y el Reglamento (EU) 2017/745 del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de abril de 2017 sobre los productos sanitarios, están bajo cobertura:
- Tomador del seguro en calidad de promotor
- Investigador Principal
- Colaboradores
- Hospital o Centro donde se desarrolle el ensayo y Centros Satélites
- Fundación del HospitalTitular del Hospital o Centro
En adición a las leyes, Grupo Galilea, incluye en sus pólizas:
- Protección de datos, infracciones leves
- Inhabilitación profesional (3000 €/mes, limite 12 meses)
- Liberación de Gastos (abogados, peritos médicos, etc…)
- Se incluyen como asegurados a los directivos y administradores del hospital
- Daños Materiales hasta 30.000€ por siniestro
- Responsabilidad Civil personal de los integrantes de Comité Ético.
- Mala praxis médicaCobertura durante toda la duración real de la investigación clínica
1º Responsabilidad Civil para empresas farmacéuticas:
- RC Explotación
- RC Patronal
- RC Productos
- Gastos de Retirada
- Transporte
- Daños
2º Responsabilidad Civil para empresas CRos
3º Seguro Ciber
El seguro de Ciber Riesgos garantiza los daños y reclamaciones consecuencia de la violación de la seguridad o de la privacidad producidos por:
- Accesos no autorizados (hackers)
- Actos de piratería (ciber delincuentes)
- Virus (infección de los sistemas propios o ajenos)
- Errores u omisiones de los asegurados consecuencia de malas prácticas de los usuarios
- Infidelidad derivada de una violación de seguridad por parte de un empleado.
4º Responsabilidad Civil profesional
Es la responsabilidad derivada de errores, omisiones o negligencias en la ejecución de la actividad profesional que generan un perjuicio económico, personal o material a un tercero
5º Responsabilidad Medioambiental
Recientemente se ha incorporado a nuestro ordenamiento jurídico un régimen administrativo de Responsabilidad Ambiental de carácter objetivo e ilimitado, basado en los principios de prevención y de que “quien contamina paga”. La responsabilidad Medioambiental es, además, una responsabilidad ilimitada. A esta necesidad responde la directiva 2004/35/CE del Parlamento Europeo y del consejo de 21 de abril de 2004.
Un seguro que funciona
Damos las mejores coberturas a cada uno de nuestros clientes, siempre de manera personalizada y según la necesidad